lunes, 14 de septiembre de 2015

Cuatro errores frecuentes acerca de las sentencias de nulidad del matrimonio

Palazzo della Cancelleria, Roma
En estos días se está oyendo hablar mucho de las causas de nulidad del matrimonio. 

Nupcias de Dios

Cuando los que intervienen son los medios de comunicación la confusión en esta materia está servida. Hoy vamos a tratar algunos de esos errores frecuentes que se repiten:

1º Las sentencias de los tribunales eclesiásticos anulan el matrimonio de los fieles católicos que lo solicitan

El sacramento del Matrimonio, cuando ha sido consumado mediante el acto conyugal, es indisoluble. Ningún poder humano puedo disolverlo, ni siquiera el Papa. Eso significa que los tribunales eclesiásticos tampoco pueden anularlo. La anulación supondría que el juez privara de validez a algo que nació válido y que a partir de la sentencia dejaría de serlo.

2º El juez eclesiástico juzga sobre la validez del matrimonio canónico

Las sentencias de nulidad dictadas por los jueces eclesiásticos no anulan sino que declaran la nulidad del matrimonio, es decir, dicen que el matrimonio no nació sino que fue nulo o inválido desde el principio. Pero eso no significa tampoco que el objeto de la sentencia sea la validez del matrimonio, porque en realidad lo que el juez eclesiástico declara únicamente puede ser: o bien que consta la nulidad por el motivo aducido por la parte demandante o bien que no consta. Cuando no consta, no se está diciendo que sea válido sino que no se ha podido llegar a la certeza moral de su nulidad.

3º Las sentencias de nulidad del matrimonio no tienen valor sino corresponden a la verdad

Hay quien piensa que las sentencias de nulidad tienen únicamente naturaleza declarativa, es decir, que sólo valen si se adecuan a la verdad que declaran. Si estuviesen en el error, no deberían tener valor porque declararían algo falso. Sin embargo, las sentencias que declaran la existencia de un capítulo de nulidad no sólo valen cuando declaran la verdad sino que también la establecen, porque en cierto modo el juez tiene poder de atar y desatar. Si, por ejemplo, una persona que ha obtenido la nulidad oye rumores de que la sentencia fue pronunciada en base a testimonios falsos proporcionados por la otra parte, y ya está casada en segundas nupcias no debería intranquilizarse, porque la sentencia canónica en cierto modo establece una verdad a la que se puede sujetar.

4º Los jueces tienen una gran responsabilidad al juzgar sobre la validez del matrimonio pues de su juicio depende la felicidad del fiel

Puesto que la sentencia de nulidad tiene principalmente valor declarativo cuando afirma que consta la nulidad por la existencia de un capítulo de los previstos en los cánones, y secundariamente también un cierto valor constitutivo cuando se pronuncia sobre ella erróneamente al ser inducida por causas inexistentes, puede comprenderse que la responsabilidad del juez es mucho menor de lo que cabría pensar en un primer momento. Dicho de otra manera, siempre que actúe de acuerdo con el derecho y con los dictados de su conciencia, él no es responsable nunca de la infelicidad del fiel. De lo único que responde el juez es de buscar y declarar la verdad. Cuando se siente responsable de la felicidad de las partes entonces incurre él mismo en ese error y puede moverse por compasión e inclinarse a falsear la realidad con tal de contentar a las partes. El juez eclesiástico no es Dios y tiene que responder ante él de haberse ajustado a la verdad y de haber tenido ante su mirada la santidad del Matrimonio.

 





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